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Publicidad Transparente en la Unión Europea

De ahora en adelante, en la UE:  

  • Los anuncios políticos de pago y/o segmentados deberán etiquetarse como tales y deberán proporcionar información clave sobre el patrocinador, las elecciones o el referéndum a los que estén vinculados, los importes pagados y sobre cualquier uso de técnicas de segmentación efectuado.
  • La segmentación de anuncios políticos en línea estará sujeta a condiciones más estrictas. Los datos de una persona solo podrán utilizarse para publicidad política tras haber obtenido su consentimiento explícito e independiente para dicho uso. Las categorías especiales de datos personales, como los datos que revelen opiniones políticas o el origen racial o étnico, no podrán utilizarse para la elaboración de perfiles.
  • Para evitar injerencias extranjeras, no se permitirán anuncios pagados por patrocinadores de terceros países en los tres meses anteriores a unas elecciones o un referéndum en un país de la UE.  

Las nuevas normas no se aplican a las opiniones expresadas a título personal ni a los contenidos editoriales.  El Reglamento no regula el contenido de los anuncios políticos.

La Comisión Europea ha publicado unas directrices sobre la aplicación efectiva de estas normas por parte de los afectados. Esto incluye a patrocinadores, proveedores de servicios de publicidad política y editores de publicidad política.  

Estas normas de publicidad política complementan otras iniciativas puestas en marcha por la UE para proteger nuestra democracia y promover unas elecciones libres y justas. En 2020 la Comisión Europea presentó su Plan de Acción para la Democracia Europea, destinado a empoderar a los ciudadanos, fortalecer la libertad de prensa y construir democracias más resilientes en toda la UE.  

A finales de 2025, a más tardar, la Comisión adoptará el Escudo Europeo de la Democracia, un marco estratégico diseñado para salvaguardar, reforzar y promover la democracia en la UE.